Exposición al público de la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal núm. 23, reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público con motivo de la venta ambulante en el término municipal de Cambre.
“De conformidad con el establecido en el artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, del 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Cambre, en sesión extraordinaria de fecha 31 de diciembre del 2018, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 5º de la Ordenanza fiscal nº 23 reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público con motivo de la venta ambulante en el tenérmelo municipal de Cambre.
La antedicha modificación comenzará a aplicarse a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín oficial de la provincia de su aprobación definitiva, y se mantendrá vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Exponer al público en el tablero de anuncios del Ayuntamiento el citado acuerdo provisional, así como el texto completo de la ordenanza fiscal modificada durante el plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Provincia. Igualmente se publicará lo de exposición en un diario de los de mayor difusión de la provincia.
Durante el período de exposición pública de la ordenanza, los que tengan un interés directo, nos tener previstos en los artículos 17 y siguientes del Real decreto legislativo 2/2004, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones oportunas. Transcurrido el período de exposición pública sin presentar reclamaciones, los acuerdos adoptados quedarán definitivamente aprobados.
Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia los acuerdos definitivos que, una vez transcurrido el período de exposición pública proceda adoptar, así como el texto de la ordenanza modificada. ”